Secretario
Dr. José Fabián Sánchez Luna
Teléfono: (646) 176.1670
Correo: comunicacion.burocratas@gmail.com
ARTÍCULO 87.- Son facultades y obligaciones de los Secretarios de Prensa y
Propaganda de los Comités Ejecutivos Seccionales:
I. Promover y fomentar lo necesario para divulgar la ideología sindical y darle
amplia difusión.
II. Atender la publicación del periódico del Sindicato mismo que será el órgano informativo de los logros obtenidos en beneficio de los miembros del Sindicato, procurando que no se utilice para atacar o desvirtuar las acciones de los Órganos de Gobierno del propio Sindicato.
III. Elaborar boletines informativos sobre los trabajos desarrollados por el Sindicato, y darlos a conocer a la prensa y hablada del Municipio, del Estado o de la República Mexicana, previo acuerdo del Secretario General.
IV. Tomar las medidas necesarias para dar a conocer entre la población los puntos de vista del Sindicato en relación con los problemas en que intervenga nuestra organización.
V. Formular y mantener un registro de los medios de difusión, tales como medios periodísticos, estaciones de radio, televisión, etc.
VI. Firmar junto con el Secretario General la correspondencia de su Secretara.
VII. Las demás que le confieren estos Estatutos.
